Informes
Al concluir sus trabajos, o cuando el Consejo Universitario se lo requiera, la Comisión deberá rendir ante este órgano, por conducto de su Presidente, informe de sus actividades.
Al concluir sus trabajos, o cuando el Consejo Universitario se lo requiera, la Comisión deberá rendir ante este órgano, por conducto de su Presidente, informe de sus actividades.
Comisión Especial Electoral.
De conformidad con el artículo 14 del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos Representantes de profesores, Investigadores y Alumnos esta Comisión dictamina y califica las elecciones de Consejeros Universitarios y hace la declaratoria correspondiente de las fórmulas ganadoras.
De conformidad con el artículo 12 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial Encargada de Vigilancia y Dictamen de las Elecciones de los Consejeros Universitarios Representantes del Personal Académico y de los Alumnos, en cada proceso electoral calificado el Presidente de la Comisión, con el apoyo jurídico del Coordinador, levantará un acta, la cual será sometida a la aprobación del Pleno de la Comisión en la reunión inmediata posterior a la de calificación de la elección.