El Honorable Consejo Universitario es la máxima autoridad colegiada de la UNAM. Es el responsable de expedir todas las normas y disposiciones generales encaminadas a la mejor organización y funcionamiento técnico, docente y administrativo de la Universidad. Por su composición, estructura y número de representantes, es el órgano colegiado más representativo y grande del país, y en términos legislativos se encuentra sólo, después de la Cámara de Diputados Federal.
El H. Consejo Universitario trabaja en pleno y en comisiones. Todos sus miembros, propietarios y suplentes, forman parte y participan en alguna de sus once comisiones -Permanentes y Especiales-. En estas comisiones TODOS los consejeros, tienen plenos derechos, esto es voz y voto, en los trabajos que las mismas desarrollan
El Consejo Universitario está integrado por todos los sectores que conforman la comunidad universitaria:
Ex - Oficio (Rector, directores de facultades, escuelas e institutos)
Alumnos de bachillerato, licenciatura y posgrado
Profesores
Investigadores de institutos y centros
Académicos de dependencias administrativas y de centros de extensión
Técnicos académicos, y
Personal administrativo
*El Secretario General de la Universidad, también lo será del Consejo Universitario. No es consejero universitario (Art. 7. de la Ley Orgánica de la UNAM).
Modificado en junio 2019.
Ex - Oficio
Alumnos
Profesores
Investigadores
Técnicos Académicos
Administrativos
Alumnos
Profesores
Académicos de Centros de Extensión
Académicos de Dependencias Administrativas
Técnicos Académicos
Investigadores de Institutos
Investigadores de Centros
Empleados Administrativos
Distribución de Consejeros Universitarios por género |
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EN LA ACTUALIDAD, EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO ESTA INTEGRADO CON LA REPRESENTACIÓN DE TODOS LOS SECTORES DE NUESTRA UNIVERSIDAD, EL 56 % SON MUJERES Y EL 44 % SON HOMBRES. |
Todas las sesiones del Pleno del Consejo Universitario tienen carácter de ordinarias, con excepción de las extraordinarias que se convocan para tratar los siguientes asuntos:
La modificación del Estatuto General de la Universidad.
La toma de posesión del Rector.
La concesión de honores, la realización de homenajes y demás actos protocolarios.
Para su integración y funcionamiento, el Consejo Universitario cuenta con el Reglamento del H. Consejo Universitario, que se encuentra contenido en el Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México.
El Consejo Universitario trabaja por comisiones, que se clasifican en 8 permanentes y 3 especiales. En estas, los consejeros universitarios desempeñan sus actividades de acuerdo con las Bases para el Funcionamiento para las Comisiones del H. Consejo Universitario, también contenidas en el Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México.
En la integración de las comisiones, se garantiza que todos los consejeros universitarios pertenezcan al menos a una Comisión, de acuerdo al Reglamento del H. Consejo Universitario.
A diferencia de otros órganos colegiados, los consejeros universitarios de nuestra máxima casa de estudios, tanto propietarios como suplentes, tienen plenos derechos con voz y voto en sus respectivas comisiones, para participar activamente en las decisiones fundamentales de la vida universitaria.